UGT había planteado la necesidad de modificar la interpretación restrictiva que sobre el permiso de lactancia se ha venido haciendo hasta la fecha, apoyándonos en diversas sentencias del Tribunal Superior de Justicia Europeo y de los Tribunales Superiores del País Vasco y Galicia, comprometiéndose la Empresa a proporcionar una respuesta positiva en breve.
Dicha respuesta ya se ha producido, al dirigirse la empresa a los miembros de la Comisión de Igualdad en los siguientes términos “con la nueva redacción dada al art. 37.4 ET este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. (…) y en base a ello la Empresa procederá a arbitrar las medidas que sean necesarias para actuar en este sentido”.
En consecuencia, la interpretación de que para disfrutar el permiso de lactancia los dos progenitores debían trabajar, queda sin efecto al entender que lo que da derecho al permiso es la existencia del hijo y la necesidad de atenderlo, independientemente de la situación laboral de los progenitores, por lo que este permiso podrá disfrutarse de forma individual, sin estar condicionado por la situación laboral del otro progenitor, tal y como demandábamos desde UGT.
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