Ante posibles dudas que podáis tener tras la recepción de la primera nómina de los adheridos al PSI, os trasladamos un resumen que os pueden ayudar a clarificar esas cuestiones.
En primer lugar, el concepto salarial que aparece en dicha nómina como “Plus Convenio” engloba, para el año 2016, los pluses acordados en el I CEV para ese año, concretamente de 200 € en Enero y de 350 € en Octubre. Según cita el Artículo 14 del CEV al respecto, “Ambas cantidades se abonarán a aquellos empleados que hayan permanecido todo el año en activo. En el caso de empleados que solo permanezcan en activo una parte del año se les acreditará la parte proporcional correspondiente”
Por ello, ya que el citado Plus de Enero se abonó íntegro en su momento, en la nómina de ese mes, la liquidación de este concepto se hará proporcionalmente al tiempo transcurrido desde el 1 de Enero de 2016 y la fecha de salida en el PSI, pudiendo incluso resultar una cantidad negativa.
En segundo lugar, independientemente de que al adherirse al PSI se haya optado por la percepción en metálico del equivalente a la aportación del promotor al Plan de Pensiones, en esta primera nómina se reflejan las aportaciones obligatorias al Plan de Pensiones de promotor y participe correspondientes a la liquidación de la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otros conceptos fijos pendientes de devengar.
Por tanto, esta aportación efectiva al plan de pensiones solo aparecerá, para quienes decidieron percibir en metálico la aportación del promotor, únicamente en esta nómina.
Finalmente, los porcentajes de retenciones IRPF se van recalculando mes a mes, en función de los ingresos, con lo que su posible reducción se observará a partir delas próximas nóminas.