La declaración de dominancia conjunta de Movistar, Orange y Vodafone en el mercado móvil, una auténtica rareza regulatoria en Europa – ningún país la presenta en su normativa local, y solo dos, Chipre y Noruega, ejercen obligaciones ex ante[1]– que impuso la CMT en el año 2006, ha sufrido un fortísimo varapalo por parte de la Justifica española; en concreto, por parte de la Audiencia Nacional de lo Contencioso.
Esta sentencia judicial parte de una multa impuesta por la extinta Comisión Nacional de Competencia (CNC) en 2012 a Movistar, Vodafone y Orange como consecuencia de un supuesto abuso de dominio en los servicios de SMS/MMS[2]. La CNC considera a los tres operadores una suerte de conglomerado único que ejercía un abuso del mercado en función de una suerte de “dominancia conjunta” o grupal. La multa ascendía a 120 millones de euros, repartidos así entre los tres: Telefónica Móviles, 46,49 millones de euros; Vodafone, 43,525 millones y Orange, 29,95 y que suponía la segunda mayor sanción impuesta por las autoridades de competencia en la historia en España.
Los tres recurrieron dicha multa, y la Audiencia Nacional les ha dado la razón. Según informan los medios[3], la sentencia “se fundamenta en que no se justifica la existencia de una posición de dominio individual de las tres operadoras en el mercado mayorista de terminación de SMS, por lo que ha decidido no entrar a valorar otras consideraciones”. O dicho de otro modo, y siempre desde nuestro punto de vista, si a una operadora no se le puede atribuir una posición de dominio, difícilmente es extrapolable esta postura al conjunto de las tres, además de ser una figura competencial de difícil encaje jurídico.
UGT Comunicaciones criticó abiertamente esta multa en 2012[4] por inoportuna, por soterrar un enfrentamiento entre entes de competencia y por sus múltiples carencias de argumentos sostenibles, tanto en el tiempo como en la forma.
Además, en la tramitación de la normativa sobre los OMV[5], ya reclamamos una desregulación del mercado, lo que de facto suponía acabar con la inadecuada declaración de dominancia conjunta. Las numerosas pruebas que aportábamos justificaban el fin del proteccionismo exagerado sobre aquellos actores sectoriales que ni invierten ni crean empleo. Finalmente, la CNMC nos dió la razón[6].
Desde UGT seguimos y seguiremos propugnando una nueva normativa sectorial que favorezca el empleo y la mejora de las condiciones laborales de los trabajadores, y para que eso sea posible y realizable, es preciso conformar una competencia justa, simétrica y que incentive la inversión.
En consecuencia, esta sentencia viene a darnos la razón y prolonga la necesidad de regular, como siempre defendemos, pensando en las personas, en los trabajadores y en el empleo.
UGT Comunicaciones
[1] https://www.cnmc.es/eu/node/232550
[2] http://www.ugt-comunicaciones-madrid.es/wp-content/uploads/2013/01/MULTA-HISTORICA-A-MOVISTAR-VODAFONE-Y-ORANGE-POR-ABUSO-EN-EL-MERCADO-DE-LOS-SMS.pdf
[3] https://economia.elpais.com/economia/2017/09/05/actualidad/1504634648_508343.html; http://www.elmundo.es/economia/2017/09/05/59aef56d468aebdc418b463e.html
[4] http://www.ugt-comunicaciones-madrid.es/wp-content/uploads/2013/01/MULTA-HISTORICA-A-MOVISTAR-VODAFONE-Y-ORANGE-POR-ABUSO-EN-EL-MERCADO-DE-LOS-SMS.pdf
[5] http://www.fesmcugt.org/noticia/ugt-cree-que-hay-que-limitar-el-papel-de-las-operadoras-moviles-virtuales-id-6738.htm
[6] http://www.ugtcomunicaciones.es/wordpress/la-cnmc-nos-da-la-razon-poner-coto-al-parasitismo-los-omv/
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