Recientemente ha concluido el plazo de presentación de solicitudes para optar al sistema de teletrabajo que acordó con la Representación de los Trabajadores en 2010 y que posteriormente, se plasmó íntegramente en el Convenio firmado en 2011 que actualmente sigue vigente. En este nuevo periodo del Programa de Teletrabajo, la empresa unilateralmente, ha cambiado el criterio de cómo ha de disfrutarse esta medida de conciliación. En el propio acuerdo, en su apartado 3º, Tiempo de Trabajo se establece cierto grado de flexibilidad a la hora de elección de modelo y por esta razón, sólo se establecen tiempos mínimos (20% de la jornada) y tiempos máximos (40% de la jornada) dejando otras posibilidades en la forma de elección.
UGT quiere manifestar que, estando parcialmente de acuerdo con el nuevo modelo, ya que el anterior podía ser discriminatorio hacía los compañeros y compañeras que tienen jornada reducida con la consiguiente reducción de salario, y que, entre otras cosas no tienen preferencia a la hora de ingresar en el Programa de Teletrabajo, no lo estamos en absoluto con las formas. El acuerdo es fruto de la negociación colectiva y cualquier variación ha de ser consensuada, al menos, con los firmantes del acuerdo, máxime cuándo existe una Comisión de Negociación Permanente con atribuciones específicas para llegara acuerdos e incorporarlos en el Convenio, por lo que esta Sección Sindical, está estudiando las medidas a tomar.
Así mismo, hay que recordar que el Programa de Teletrabajo se concibió, entre otras cosas, como una nueva medida de conciliación con la vida laboral y personal que no altera el cómputo de jornada ordinaria de trabajo (39h semanales y 35h semanales en verano) por lo que el acogerse a la modalidad de horas, todas las tardes de lunes a jueves, nunca ha de ser interpretado como una reducción de jornada sin reducción de sueldo ya que son horas que han de ser trabajadas.
Esta Sección Sindical a día de hoy, no está realizando propuestas unilaterales a la Dirección de Recursos Humanos sobre materias que puedan ser objeto de la negociación del VIII Convenio Colectivo de TSOL ya que, en estos momentos, no se ha tomado la decisión en ningún Comité de Empresa de TSOL de negociar o no, el Convenio, por lo que UGT ha respetado escrupulosamente la voluntad expresada por el Comité de Empresa de Madrid en el pleno celebrado el día 19-09-2012.
UNIDAD DE ACCIÓN: En un escenario tan complejo y hostil como en el que nos encontramos, entendemos que hoy más que nunca, es necesaria una unidad de acción que vaya más allá de cualquier tipo de opción personal o partidista. Hoy más que nunca, es el momento de aunar esfuerzos con el fin de resistir las acometidas contra nuestras condiciones laborales que se puedan producir en los distintos procesos en los que se verá inmersa la empresa.
Hoy UGT-CCOO anunciarán si finalmente hay convocatoria de huelga para el próximo día 14 de noviembre.
[Actualizado]: Convocatoria Huelga General 14N
Por último, comunicaros que se han variado los calendarios de los desayunos que estamos realizando los martes y los jueves en Distrito Telefónica y pasarán a ser sólo los miércoles de 9 a 11 en la cafetería de la planta baja del edificio Norte II
Sin más, como siempre quedamos a vuestra disposición para tratar cualquier asunto que nos queráis transmitir.